¿En que consiste la hipoteca inversa anunciada por el Gobierno Nacional?: Aquí lo explicamos

Bogotá, 12 de Junio de 2020. El ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, anunció la creación del programa “hipoteca inversa» un mecanismo dirigido a personas mayores de 65 años, sin distinción de estratos, que son propietarios de vivienda y quieren tener un ingreso complementario. Según el alto funcionario, las personas podrán hipotecar su inmueble a cambio de una renta mensual para así asegurar su sustento económico durante la vejez.

El Gobierno aseguró que este mecanismo de hipoteca inversa maneja tres tipos de rentas, dependiendo de las necesidades de quienes decidan usarla:

  • Renta vitalicia, que consiste en un pago mensual hasta que la persona fallezca.
  •  Renta temporal, la destinación de un valor mensual por un número determinado de años.
  • Renta única, que consiste en recibir la totalidad del valor en una sola entrega. El monto mensual dependerá de varios factores, como el avalúo de la vivienda, la edad de los solicitantes del producto y la modalidad de hipoteca inversa seleccionada.

¿Cómo funciona? 
La Hipoteca Inversa consiste en la facultad de convertir la vivienda en un mecanismo para la recepción de un flujo de ingresos mensuales a perpetuidad, mientras se disfruta de la tenencia del bien. En los próximos días se expedirá un decreto para formalizar la medida.

Es decir, que una persona mayor de 65 años, podría recibir unos recursos mensuales, y seguir viviendo en esa propiedad, pero una vez haya fallecido, ese inmueble lo deberá ceder.

¿Qué tiene que hacer alguien que está interesado en este tipo de hipoteca?

Se debe acercar a una entidad que tenga habilitado el producto. Esa entidad tiene a su cargo un deber de asesoría con el fin de brindar información cierta, suficiente y oportuna, que permita al interesado conocer las condiciones en que se efectuará la operación de acuerdo con el valor de la vivienda, su situación financiera y los riesgos derivados de la misma.

Si el afiliado tiene hijos y este inmueble era su herencia, ¿al fallecer ellos pierden la vivienda?

No. Los herederos del fallecido pueden escoger si quieren pagar la deuda acumulada con sus recursos o vender el apartamento para saldar la deuda y conservar el excedente. Solamente cuando no haya un pago de la deuda, es que el inmueble podrá ser entregado en dación en pago.

¿A partir de qué edad y hasta que años puede un colombiano aplicar a este beneficio?

La edad mínima para acceder es de 65 años. No obstante, cada uno de los actores que ofrecerán el producto podrán establecer en sus reglamentos edades mínimas que se encuentran por encima de este rango. No existe una edad máxima para poder celebrar el contrato de hipoteca inversa.

Fuente: Caracol Radio

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