Bogotá, 05 de Junio de 2020. El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, explicó este jueves las últimas decisiones tomadas por el Gobierno Nacional frente al tema laboral en el país, entre ellas la posibilidad de que los empleadores acuerden con los trabajadores el pago de la prima a plazos y la definición de los turnos de trabajo, entre otros.
Según el ministro Cabrera, esto podría hacerse siempre y cuando haya un acuerdo entre las empresas y los trabajadores y en ningún caso puede hacerse de manera unilateral.
El ministro agregó que estos acuerdos son temporales y excepcionales ante la crisis, pero que volverán a la normalidad cuando termine la emergencia. Las nuevas medidas fueron expedidas por el Gobierno Nacional a través del decreto 770 y de igual manera por medio de la circular 41; el primero referente a las medidas laborales y el segundo que fija los lineamientos para el trabajo en casa. Las medidas son:
Cobertura al cesante: El decreto 770 reactiva el subsidio al cesante que ya había sido activado durante la emergencia y que había beneficiado a más de 91.000 personas que habían perdido su trabajo y requerían ayuda. Con esta medida, no sólo se reactiva sino que aumenta la cobertura para beneficiar a unas 150.000 personas cesantes. Los subsidios serán entregados por medio de las cajas de compensación familiar. Esta medida opera inmediatamente y ya las cajas de compensación están usando las listas de espera para trasladar estos beneficios.
Turnos laborales: Con la expedición del decreto 770, el Gobierno permite turnos de 8 horas de trabajo, durante las 24 horas del día, y máximo 36 horas bajo esa modalidad sin ningún tipo de recargo siempre y cuando haya concertación entre el empleado y las empresas con el fin de evitar conglomeraciones en el servicio público y en las calles. Esto quiere decir que se podrán establecer turno en la noche y la madrugada para evitar que todos los empleados estén en el mismo horario.
Pago de prima: El ministro fue enfático en que la prima se debe pagar y se deben respetar los derechos laborales y salariales de los empleados. Sin embargo, este decreto permite que el pago se haga por plazos, es decir, puede ser diferido hasta en tres cuotas, siempre que haya un acuerdo entre la empresa y el trabajador. El ministro también habló sobre el subsidio a la prima a trabajadores que se extendió a empleados que ganan hasta un millón de pesos y que corresponde al 40% del total para quienes trabajan en empresas que hayan sido afectadas con la reducción de sus ingresos por la crisis.
Circular 41: Aquí el Gobierno traza una línea para diferenciar el teletrabajo y el trabajo en casa.
Según el Ministerio de Trabajo, el teletrabajo se refiere a un modelo en el que el trabajador traslada su puesto de trabajo a su casa. En este caso el empleador dota a su empleado de todas las herramientas y se fijan unas condiciones para el trabajo.
Mientras tanto, el trabajo en casa es una medida excepcional por efecto de la pandemia que el país está atravesando y con el que se busca salvar el puesto de trabajo. En ambos casos la relación laboral permanece con todas las garantías laborales, sindicales y de seguridad social y no puede haber disminuciones unilaterales de salario.
Así mismo, bajo ambos modelos se respeta la jornada de trabajo de 8 horas y se deben promover pausas activas y aplican todas las condiciones laborales de recargos nocturnos, dominicales y festivos, de acuerdo con la ley.
Fuente: Portafolio